jueves, 13 de octubre de 2016

TEORÍAS DEL IMPUESTO A LA RENTA

TEORÍAS DEL IMPUESTO A LA RENTA

1.1.        TEORÍAS QUE DEFINEN EL CONCEPTO DE RENTA
Las teorías sobre las que descansa el concepto de renta son las siguientes:
a.    Teoría de la Renta – Producto o Teoría de la fuente.
b.    Teoría del Flujo de Riqueza.
c.    Teoría del Consumo más Incremento Patrimonial.

1.1.1.   TEORÍA DE LA RENTA PRODUCTO O TEORÍA DE LA FUENTE

De acuerdo a esta teoría:

“La renta es el producto periódico de una fuente durable en estado de explotación”. Para entender este concepto vamos a separar y explicar los términos que lo conforman:

a.    “Producto...”

Debe ser una riqueza nueva o distinta y separable de la fuente que la produce. Se debe entender como algo “material”, referido a cosas que se pueden medir o contar, así como expresarse en dinero y que al separarse de la fuente deja a ésta en condiciones de seguir produciendo más riqueza.

b.    Periódica

La renta debe provenir de una fuente capaz de repetir la producción de la riqueza,  es decir,  debe volver a producir o debe tener la capacidad de producir nuevamente la riqueza en un determinado período de tiempo.
El período en que se produzca la renta no necesariamente debe ser diario, mensual o anual, lo importante es que debe existir una periodicidad en la producción de la misma, con la potencialidad de volver a repetirla.
La periodicidad de la Renta  depende de la capacidad de la fuente para seguir produciendo y no de otros factores ajenos a ella, como puede ser la decisión del propietario de seguir o no poniéndola en explotación.
Es importante mencionar que algunos autores no hablan de la periodicidad de la renta, sino de  una “función productiva regular de la fuente”  y este concepto lleva implícita la idea de habitualidad o reiteración real o potencial de esa función excluyendo otros ingresos puramente accidentales.

c.    Provenir de una fuente durable

“Fuente” es un bien, corporal o incorporal, capaz de producir una riqueza a su poseedor. Como ejemplos tenemos: la maquinaria para la producción de determinados bienes o el dinero aportado por los socios al constituir una sociedad.
Debe ser durable,  sobrevivir a la creación de la riqueza; lo que no quiere decir que tenga una vida ilimitada, es decir, no puede entenderse como de “duración eterna” ya que necesariamente sufrirá desgaste por el mismo proceso de explotación, el paso del tiempo, el avance tecnológico, etc. En la hipótesis del negocio de venta de calzado, que es producido por una máquina que constituye la fuente del negocio, no provienen de una fuente durable, los ingresos producidos por la venta de la referida máquina, pues  producido el ingreso, ello no volverá a repetirse, por haberse extinguido la fuente.

d.    La fuente debe ser puesta en explotación

Para producir la renta, la fuente debe haber sido habilitada de manera racional para ello. Esto significa que ha sido acondicionada o dispuesta, de manera tal, que su destino sea la producción de riqueza. Es decir, si se produce enriquecimiento sin haberse habilitado la fuente, ésta no sería considerada renta. Se considera renta producto, por ejemplo, la venta de pastos para ganado, producto de la preparación de tierras para tal efecto, pero no lo será si los pastos crecen en los campos por el solo efecto de las lluvias.

e.    Además la renta debe ser neta

La renta es la riqueza que excede a los costos y gastos necesarios para producirla, así como también para mantener la fuente en condiciones productivas.  En el caso de una fábrica de vestidos, la renta gravada de acuerdo a la teoría, estaría constituida por la diferencia entre el valor de venta de los vestidos y los costos y gastos necesarios para producirlos (compra de la tela, botones, hilo, los jornales de los operarios, los gastos de luz, maquinaria etc.).

 
1.1.2.   TEORÍA DEL FLUJO DE RIQUEZA

La Teoría del Flujo de Riqueza establece un concepto más amplio de renta. Considera como tal  a todos los enriquecimientos que provengan de las relaciones con terceros, además de aquéllos ya considerados dentro de la Teoría de la Renta Producto.

Continuando con nuestro ejemplo de la fábrica de vestidos, la venta de la maquinaria de producción no generaría renta desde el punto de vista de la Teoría de la Renta Producto, pero desde esta Teoría del Flujo de Riqueza sí se consideraría como tal, debido a que es producto de una relación con terceros.

Desde el punto de vista del Flujo de Riqueza la renta no se limita al hecho de provenir de una fuente durable o periódica. Adicionalmente incluye otro tipo de enriquecimientos que pasaremos a desarrollar:

a.    Ganancias por realización de bienes de capital

Dentro de esta teoría, se considera renta a la realización de bienes de capital, entendiéndose como tales, aquellos que no han sido adquiridos con la finalidad de ser vendidos sino para ser destinados a la producción de otros bienes, como son los bienes de activo fijo que excepcionalmente son vendidos.


b.    Ingresos por actividades accidentales

Para esta teoría se consideran renta, los ingresos que se originan producto de una fuente habilitada de manera eventual o transitoria, o que provenga de actos accidentales, es decir, en los que no ha existido un trabajo previo de preparación de la fuente con la finalidad de producir dicha renta, aunque para su realización es preciso que exista una decisión previa.

c.    Ingresos  eventuales

Desde el punto de vista de la Teoría del Flujo de Riqueza también se consideran renta los ingresos obtenidos por juegos de azar. En los ingresos accidentales, para que se concrete la “renta” debe existir la decisión del sujeto de realizar una acción determinada, mientras que en el caso de los ingresos eventuales éstos no dependen de la voluntad de las personas,  sino de factores aleatorios.

d.    Ingresos a título gratuito

También se considera renta para esta teoría las transferencias realizadas a título gratuito ya sea que provengan de una herencia o que se produzcan por la voluntad de una persona que efectúa una donación, regalo u obsequio en favor de otra.


 
1.1.3.   TEORÍA DE CONSUMO MÁS INCREMENTO PATRIMONIAL

En esta teoría se busca gravar el total de los enriquecimientos que percibe una persona a lo largo de un período, cualquiera sea su origen o duración; es decir se grava su capacidad contributiva sin interesar si es producto de una fuente o de la relación que pueda existir con terceros.

La renta interesa como indicador de la capacidad contributiva del individuo, de su  aptitud real o potencial de satisfacer necesidades, por lo que para reconocerla no se recurre a su origen (fuente o flujo de riqueza) sino solamente a la verificación del incremento de la riqueza a nivel personal a lo largo de un período.  Ello se plasma en dos grandes rubros: las variaciones patrimoniales y los consumos que pasaremos a desarrollar:

a.    Las variaciones patrimoniales

Se entiende por renta los cambios del valor del patrimonio, que en su conjunto son propiedad del individuo, obtenidos entre el comienzo y el fin del período. Para esta teoría la renta se centra en el individuo y busca captar el total de su enriquecimiento, cualquiera sea su origen o duración.

Las variaciones patrimoniales pueden provenir de:

  Ingresos por explotación de una fuente productora.
 Ingresos provenientes de las relaciones con terceros.
 Aumento de valor de los bienes poseídos.

Cuando una persona consume, emplea parte de su renta para sufragar el costo del bien o servicio. Por ello, según esta teoría, para determinar su renta total debe incrementar estos consumos a las variaciones patrimoniales. Si hipotéticamente, a lo largo de un período la persona se abstuviera de consumir, el cálculo de su renta personal solamente se reflejaría en la variación de su patrimonio al final de este período.

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